Guiando la acción sindical sobre diligencia debida

La Fundación 1º de Mayo ha editado dos manuales para la acción sindical sobre derechos humanos en las cadenas de valor
Ofelia de Felipe (izda) durante la presentación de la Guía de Diligencia Debida. /Tania Castro

OFELIA DE FELIPE. Técnica del Instituto Paz y Solidaridad de la F1M

 “La responsabilidad de respetar los derechos humanos constituye una norma de conducta mundial aplicable a todas las empresas, dondequiera que operen”. Esta responsabilidad se sustenta en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. De acuerdo a la misma, desde hace años se persigue, a nivel internacional – en las Naciones Unidas (NNUU) y otros espacios internacionales (OIT, OCDE) – el establecimiento de mecanismos de control y normas de carácter vinculante para el respeto de los derechos humanos y el medio ambiente por parte de las empresas. 

En los últimos años se han dado avances a distintos niveles en este campo. En el ámbito de la creación de obligaciones internacionales vinculantes, son reseñables los pasos encaminados a conseguir a nivel internacional el “Binding international treaty on business and human rights” (Tratado Internacional Vinculante sobre empresas y derechos humanos) a nivel europeo, una Directiva en Diligencia Debida, e incluso, a nivel estatal, con ejemplos en varios países de la UE, como Francia, Países Bajos, Alemania o Noruega. Incluso en España se presentó en la anterior legislatura una iniciativa normativa de Ley de protección de los Derechos Humanos, de la Sostenibilidad y de la Debida Diligencia en las actividades empresariales transnacionales, que no llegó a trámite parlamentario.

La Diligencia debida es configurada como un proceso a lo largo del cual las empresas deben identificar, prevenir, cesar, dar cuenta y reparar los impactos potenciales y reales sobre los derechos humanos y el medio ambiente de sus actividades directas y de aquellas realizadas a lo largo de sus cadenas globales de valor. Es un mecanismo preventivo que obliga a las empresas a tomar medidas y es fundamental en la actividad sindical, por lo que es una de las principales líneas de trabajo de la Fundación 1º de Mayo. Y sin embargo, no siempre es fácil trabajar la diligencia debida desde una perspectiva sindica. Por ello, en 2023 la Fundación 1º de Mayo editó dos manuales, “Guía: la diligencia debida en DDHH” y “Guía sindical para la diligencia debida en PYMES”, que consideran la diligencia debida como un mecanismo eficaz para proteger, evitar y reparar las vulneraciones de Derechos humanos, especialmente laborales y sindicales. 

¿Por qué es importante para los sindicatos la diligencia debida? 

A pesar de que el concepto parezca reciente y complejo, en todo caso un nuevo reto, los sindicatos tienen ya mucho camino recorrido en este ámbito. La posición sindical queda recogida en diversos informes, resoluciones y campañas. A nivel internacional, la Confederación Sindical Internacional (CSI)  publica en 2020 el Informe “Hacia la diligencia debida obligatoria en las cadenas mundiales de suministro” en el que recoge “Aunque todos los Gobiernos tendrían que adoptar leyes sobre diligencia debida obligatoria respecto a los derechos humanos, una legislación en ese sentido a nivel de toda la UE y un Tratado de la ONU sobre empresas y derechos humanos constituirían pasos importantes para regular el comportamiento de las empresas en relación con la totalidad de sus operaciones y actividades a escala global…En ausencia de un marco normativo apropiado, las compañías globales han podido evadir responsabilidades hacia las personas trabajadoras y el medio ambiente, lo que les permite obtener enormes beneficios. No se puede permitir que esta situación continúe”.

Ante la incipiente pero creciente adopción de normativas estatales por parte de diversos miembros de la UE, en abril de 2020 el comisario europeo de Justicia anuncia el compromiso de la Comisión Europea en dotarse de una normativa para el respeto del medio ambiente y los derechos humanos por parte de las empresas. 26 grandes grupos de empresas de la UE, entre ellas INDITEX, se suman a esta propuesta. La Confederación Europea de Sindicatos (CES) ya había fijado su posición en una resolución adoptada en diciembre del año anterior. La misma, con la que se encuentra alienada la posición de CCOO, recoge una serie de elementos imprescindibles desde el enfoque sindical, como la necesidad de una directiva europea sobre diligencia debida – ahora en tramitación -, la inclusión de los derechos sindicales y de las personas trabajadoras como derechos humanos que deben ser protegidos o la previsión de vías de recurso efectivas y acceso a la justicia para las víctimas, incluidos los sindicatos Además, se deben regular mecanismos que permitan la sanción efectiva por los incumplimientos de las obligaciones de diligencia debida, tanto en vía administrativa como judicial y garantizar la plena participación de sindicatos y representantes de personas trabajadoras, incluidos los Comités de Empresa Europeos, en todo el proceso de vigilancia.

Desde el inicio del proceso europeo, CCOO, sus Federaciones (en particular la Federación de Industria), y sus Fundaciones (Fundación 1º de Mayo y la red de fundaciones para la cooperación, conocidas como Paz y Solidaridad), se han implicado en este ámbito, llegando a construir una amplia práctica sindical en la materia, en la que se han incluido acciones sindicales solidarias entre países, que impulsan el trabajo conjunto entre los sindicatos locales y los de la matriz, a través de la cooperación sindical. Un escenario concreto es la promoción de Acuerdos Marco Globales como mecanismo de protección de derechos altamente eficaz. Todo ello ha permitido abrir oportunidades de sindicalización en países donde los sindicatos son débiles y fortalecer las redes entre sindicatos de distintos países y regiones. 

Además, en esta práctica sindical ha tenido especial importancia la incidencia a través de los ámbitos de participación, en particular en el desarrollo normativo y reglamentario mediante la elaboración de resoluciones, aportaciones a consultas públicas, posicionamientos y campañas. Todas ellas construidas sobre la reivindicación del diálogo social como marco para las mismas. En el ámbito internacional, se ha incidido para Impulsar el Convenio OIT sobre Cadenas de Valor y Trabajo Decente, y prestado apoyo a la aprobación de un Tratado vinculante en materia de Derechos Humanos y actuación de empresas trasnacionales.

A nivel interno, se ha promovido la creación de grupo de trabajo específico para fortalecer la coordinación e incidencia, implicando el máximo de estructuras (Confederación, Federaciones, Fundaciones, Territorios). Desde el mismo, se han realizado formaciones de delegados y delegadas así como sensibilización de cuadros sindicales, y se han elaborado herramientas de información y orientación de la acción sindical en esta materia como las citadas guías. 

Otro de los valores añadidos de esta aportación sindical a la diligencia debida es la defensa del enfoque feminista puesto que en las cadenas de valor de las empresas trasnacionales, es donde se producen donde mayores desigualdades de género y violaciones de derechos de las mujeres y de otros grupos y comunidades marginalizados. El enfoque feminista interseccional, que reconoce la interconexión de distintas formas de opresión, va cobrando impulso en la lucha por la justicia social y de género, buscando soluciones integradoras que aborden las necesidades de todas las personas implicadas. Aplicando esta perspectiva a la diligencia debida, es posible identificar y abordar los riesgos y problemas singulares a los que se enfrentan los distintos grupos, incluidas las mujeres, las personas LGBTQ, las personas con diversidad funcional, las comunidades indígenas, afrodescendientes, etc. Este enfoque incluye además el compromiso directo con estos grupos demográficos para comprender sus perspectivas y experiencias, lo que contribuirá a que se puedan ofrecer respuestas más precisas y eficaces.

El proceso europeo encaminado a la adopción de la Directiva se encuentra próximo a finalizar tras el anuncio a mediados de diciembre de 2023 del acuerdo político entre las tres instituciones implicadas en el trílogo, Parlamento, Consejo y Comisión. El mismo está lejos de resultar satisfactorio desde el enfoque sindical, aunque es un paso necesario en un recorrido por el que se que debe seguir avanzando. Si bien se reconoce un papel a las organizaciones sindicales en la elaboración de las estrategias y planes de debida diligencia en las empresas, el ámbito sobre el que la Directivo propagará sus efectos es insuficiente (exclusión del sector de inversiones y limitado a empresas con más de 500 personas trabajadoras y volumen de negocios mundiales de mas de 150 millones de euros, si bien se rebaja a 250 personas trabajadoras y 20 millones de volumen de negocios para los sectores del textil, agricultura, fabricación de alimentos, comercio de recursos minerales y construcción). En suma, como manifiesta la Plataforma por Empresas Responsables (PER) “Es un hito importante en el establecimiento de requisitos y expectativas para que las empresas respeten los derechos humanos y el medioambiente, sin embargo el acuerdo político actual no es suficiente para acabar con la impunidad empresarial”.

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