“Vete a tu médico de cabecera que esto puede ir a más”

Nuestra legislación obliga al empresario a proteger la salud y la seguridad de los trabajadores evitando, entre otras cosas, la exposición a condiciones ambientales extremas

BERTA CHULVI

“Vete a tu médico de cabecera que esto puede ir a más”. Esa fue la frase que escuchó Pepe, de boca del médico de la mutua, frente a una recaída a los tres años de haber sido operado por un accidente laboral de una hernia discal en las cervicales. El suyo es un caso más entre las muchas historias dolorosas: trabajadores y trabajadoras desesperados por que ni reciben la atención médica adecuada por parte de las mutuas ni las prestaciones a las que tienen derecho.

Pepe prefiere mantenerse en el anonimato porque teme las represalias de la empresa. Trabaja de maquinista en una industria de la provincia de Valencia y sufrió un accidente laboral al golpearse con una puerta de la máquina. Acude a la mutua y le opera un neurocirujano de una hernia discal en las cervicales. Como resultado de esta operación pierde movilidad porque le fijan con una placa dos vértebras. Vuelve a su puesto de trabajo y a los tres años acude a la mutua porque siente dolores desde el hombro hasta el codo. El médico de la mutua le pide una resonancia y una electromiografía y cuando recibe las pruebas le dice que es una cosa crónica y que tiene que ir a su médico de cabecera. Pepe insiste en que quiere que le vea el neurocirujano que le operó en el hospital que tiene convenio con la mutua, pero la mutua se niega.

A partir de ahí Pepe se convierte en una patata caliente que la mutua trata de quitarse de encima. El médico de cabecera tiene clarísimo que se trata de una patología relacionada con su accidente de trabajo, pero ante la negativa de la mutua manda a Pepe al neurólogo. Tras dos meses de espera Pepe es atendido por un traumatólogo de la Seguridad Social que le prescribe unas sesiones de rehabilitación. Durante todo este tiempo el trabajador sigue acudiendo a su puesto de trabajo y su salud empeora, hasta que no puede más del dolor y acude a urgencias. Tras las urgencias, Pepe acude a la mutua que sigue insistiendo en que vaya a su médico de cabecera, pues su patología no es laboral. En cuanto su médico le da la baja, la mutua se pone en contacto con él: “En cuanto te pones de baja te llaman enseguida explica el trabajador. Me hacen una nueva electromiografía y me dicen que puede que tenga un nervio atrapado, que vuelva a mi médico de cabecera. ¿Pero cómo a mi médico de cabecera, si todo esto tiene que ver con un accidente laboral y con mis tareas cotidianas?”, se pregunta Pepe. Tras más de dos años de batalla, Pepe aún no ha conseguido que le vea el neurocirujano que le operó y que podría establecer las conexiones entre lo que le pasó y lo que le sucede en estos momentos. Lo que está en juego es mi salud, pero les da lo mismo, afirma el trabajador con impotencia.

De alta con una escayola hasta la ingle

Mariano sufrió un accidente de trabajo en una empresa de helados ubicada en Álava al caerse de una escalera. El desplome le provocó un esguince de rodilla grave del que tuvieron que operarle hasta cuatro veces. En un primer momento la mutua se hizo cargo de las cuatro operaciones por accidente de trabajo, pero para desgracia de Mariano la dolencia no mejoró: “Llegué al examen médico de la mutua con la pierna escayolada del tobillo a la ingle, pero me dieron el alta diciendo que lo que yo tengo se debe a una lesión deportiva anterior al accidente de trabajo”, explica Mariano. El trabajador se propuso romper ese círculo fraudulento y no acudió a la Seguridad Social sino a la empresa para poner en evidencia la nefasta gestión de la mutua: “Cuando en la empresa me vieron llegar con muletas se quedaron alucinados y me mandaron a casa”, explica Mariano. Desde ese momento el trabajador empieza a ser tratado por la Seguridad Social, pero recurre el alta que le ha proporcionado la mutua. Finalmente sale el juicio y el trabajador lo gana: “Se declara el accidente de trabajo y se obliga a la mutua que ha trabajado con la empresa a pagar los costes a la Seguridad Social”, afirma Mariano.

Tras perder el juicio, la mutua le da el alta con informe de apto para trabajar con limitaciones, reconociéndole invalidez parcial y aconsejando un cambio de puesto, pero la empresa hace caso omiso del informe. Nadie interviene en modo preventivo y Mariano sigue veinte años más trabajando en el mismo puesto. Obviamente su salud empeora y, en 2011, los médicos de la Seguridad Social aconsejan realizar una operación para la colocación de una prótesis de rodilla total. Todo ello a cargo de la Seguridad Social, porque la mutua sigue negándose a prestarle la atención médica que necesita: “Me dicen que ellos no intervienen en este tipo de operaciones y que me vaya a la Seguridad Social”, explica el trabajador.

La empresa tiene la llave

A la hora de decidir el carácter laboral o no de un accidente, al menos en primera instancia, la empresa es juez y parte. El caso de una trabajadora de un gran hotel de Barcelona es paradigmático: se trata de una auxiliar de cocina que realiza la tarea de friegaplatos y está expuesta al riesgo de sobreesfuerzo. Sufre un accidente en jornada laboral y, como era domingo, el parte para acudir a la mutua se lo da la responsable de recepción del hotel. En la mutua recibe asistencia y le dan la baja por accidente de trabajo. El lunes, cuando la responsable de recursos humanos del hotel se incorpora a su puesto, llama a la mutua y le dice que anule esa baja, que ese accidente no ha sido un accidente de trabajo. Fiel a las órdenes de la empresa, la mutua llama a la trabajadora para revocar el parte de baja y le dice que acuda a su médico de cabecera, que es enfermedad común. La trabajadora solicita que esa información se la hagan llegar por escrito para poder documentar el proceso y acude a los tribunales. Finalmente los tribunales le dan la razón a la trabajadora.

Otra de las prácticas empresariales comunes es negarse a dar el parte de asistencia al trabajador accidentado o enfermo: el caso de una camarera en unas instalaciones deportivas es muy esclarecedor. La trabajadora está expuesta a una situación grave de falta de reconocimiento e indefinición de rol por las prácticas de su inmediata superior. Por ejemplo, mientras a ella se le obliga a hacer tareas por debajo de su categoría, otros empleados de inferior categoría realizan sus tareas. En un momento de máxima tensión con la encargada, la trabajadora sufre un ataque de ansiedad y la empresa le niega el parte de asistencia para acudir a la mutua. Ella acude a la mutua con la delegada de prevención y allí la práctica empresarial para eludir su responsabilidad da el resultado esperado: “Me dijeron que sin parte me atendían, pero que el coste de la consulta iría a mi cargo”. 

Embarazadas desprotegidas

Un embarazo no es un caso difícil. Desde 1995, distintos textos legales han reconocido expresamente la necesidad de protección de la mujer embarazada frente a los riesgos laborales. Antes de la crisis, cuando la empresa no podía ofrecer a la trabajadora un cambio de puesto, las mutuas concedían sin mayor problema una baja a la trabajadora embarazada en riesgo. En la actual situación, muchos casos demuestran que ya no es así y que las mutuas dilatan todo el proceso. En Galicia, una trabajadora de una empresa auxiliar del automóvil expuesta al riesgo de bipedestación, ruido, manipulación de cargas, etc., se encuentra con que su empresa considera que no hay un puesto compatible con el embarazo y realiza el correspondiente certificado declarando los riesgos y la incompatibilidad del puesto con la gestación. La mutua, en lugar de dar la baja, la va posponiendo para ahorrarse la prestación. La empresa cambia de mutua, entre otras cosas, por esta razón. ¡La sorpresa de la empresa es mayúscula cuando se encuentra con que la nueva mutua no da la baja a la trabajadora hasta la semana 20! En Madrid, otro caso muy similar se produce con una trabajadora de un centro de atención a mujeres víctimas de violencia de género con especial riesgo de agresión: la evaluación de riesgos reconoce, a la trabajadora embarazada, el riesgo de turnicidad y de agresión pero la mutua no reconoce este último e informa a la trabajadora que no le va a dar la baja hasta la semana 27. La impotencia es total señala la trabajadora, “es un derecho reconocido y es como si te regalasen algo”.

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