La violencia contra las mujeres desde una perspectiva interseccional

Las personas viven identidades múltiples, formadas por varias capas, y perteneciendo a varias comunidades, por lo que pueden experimentar opresiones y privilegios diversos de manera simultánea

Por Beatriz Gimeno, escritora feminista y ex directora del Instituto de las Mujeres

El concepto de interseccionalidad es un concepto más complejo de lo que parece, que se intuye, pero que no es sencillo de explicar y que ha entrado con mucha fuerza en el feminismo y en el ámbito del derecho hasta convertirse en un campo de estudio en sí mismo. No siempre existe consenso en la comunidad científica sobre su significado exacto, sino que todavía genera discusión y tiene sus detractoras. Sin embargo, es imposible no tenerlo en cuenta porque vivimos en sociedades cada vez más complejas que exigen herramientas capaces de explicar esa complejidad. Por otra parte, determinados grupos sociales, tradicionalmente invisibilizados en el feminismo mainstream, han tomado la palabra, quieren que su existencia sea tenida en cuenta  y el concepto de interseccionalidad permite hacer visible lo que antes no lo era. 

Este concepto lo acuñó en 1989 Kimberlé Crenshaw, académica y profesora estadounidense especializada en el campo de la teoría crítica de la raza. Ella define la interseccionalidad como “el fenómeno por el cual cada individuo sufre opresión u ostenta privilegio en base a su pertenencia a múltiples categorías sociales”. Siempre es de justicia mencionar que esta forma de entender las diferentes discriminaciones y violencias surge a partir de los intentos por explicar la discriminación de las mujeres negras en EE.UU y está en relación con las críticas que este feminismo hace, por una parte al feminismo blanco por no incorporar el racismo y, por la otra, al movimiento antirracismo por no incorporar el feminismo.  

En general, se suele asumir que se trata de sumar los distintos tipos de violencia o discriminación a los que pueden estar sometidas las mujeres, pero no es exactamente eso, sino que se considera que cada factor de discriminación u opresión implica una experiencia concreta, un factor que no es sólo cuantitativo, sino también cualitativo, dependiendo del contexto. En el análisis de la interseccionalidad, el contexto es fundamental. Este exige tener en cuenta las experiencias particulares, las biografías, las historias…en definitiva. La premisa fundamental es que la gente vive identidades múltiples, formadas por varias capas. Las personas pertenecen a más de una comunidad a la vez y pueden experimentar opresiones y privilegios de manera simultánea.

Se trata de aplicar un nuevo paradigma de análisis, de adoptar una perspectiva más amplia de los derechos humanos; de asumir que el eje de género no es suficiente para explicar los efectos de la desigualdad o cómo se produce la violencia. Por tanto, hay que aplicar también otros ejes como el de raza, origen, etnia, discapacidad, orientación o identidad de género etc. Y es en la intersección de cada factor donde podemos analizar la discriminación y la violencia que padece cada mujer en concreto.

¿Qué diferencia el análisis interseccional de otros análisis, o de otras maneras de entender la violencia contra las mujeres?  Desde el punto de vista de las políticas públicas, examinando cada contexto particular, la interseccionalidad nos permite apreciar elementos que a primera vista obviamos y así saber si estas políticas están bien orientadas; nos permite tener una visión de conjunto. Nos permite también comprender las complejidades de las distintas opresiones, violencias y discriminaciones; nos permite disponer de una herramienta analítica para entender las maneras en que el sexo se cruza con otras opresiones y así tener una perspectiva más adecuada de la forma en que se generan determinados tipos de violencia y poder combatirlas mejor.  Al hacer un análisis interseccional podemos darnos cuenta de que la violencia o la discriminación son consecuencia de la combinación de identidades o de situaciones particulares y que todo ello estructura la posición relativa de las mujeres en sus distintas sociedades o contextos. 

La utilización del concepto de interseccionalidad es muy útil en el derecho antidiscriminatorio que tradicionalmente sólo contemplaba como factor de discriminación el sexo y la raza. Las instituciones internacionales, en los últimos años, han ido introduciendo otros factores y la lista se ha ido agrandando al punto de que algunas teóricas alertan ahora de que una fragmentación conceptual demasiado grande puede llegar a dificultar los análisis estructurales.  En otras ocasiones, la interseccionalidad ha sido mal entendida: como una especie de olimpiada de opresión. Se observa cierta tendencia a buscar el grupo más oprimido en función del número de posiciones de opresión que sufre, obviando que, como dije, no se trata de sumar, sino de analizar la posición particular que ocupe cada mujer en concreto. 

En mi opinión, creo que hay que salvaguardar la especificidad de las opresiones de sexo, de clase y de raza y entender, al mismo tiempo, que la interrelación entre ellas no es una suma aritmética fija y que hay otros factores de discriminación que incluso aunque no sean tan estructurales, pueden llegar a ser más importantes y tienen que ser tenidos en cuenta a la hora de diseñar políticas públicas. La misma manera de estudiar opresiones y violencias bien conocidas como la violencia de género, por ejemplo, si no se estudia en relación a otras, como la edad, nos puede llevar a diseñar políticas que no resulten útiles. Proteger de la violencia machista a una mujer de 80 años no puede hacerse con las mismas herramientas que se utilizan para una chica de 15. 

Voy a explicar el concepto utilizando algunos ejemplos. El caso de los matrimonios forzados que sufren algunas chicas de origen asiático es un caso en el que hay que tener en cuenta que estas chicas sufren una violencia específica de sexismo dentro de su propia comunidad de origen y, al mismo tiempo, pueden sufrir racismo institucional por parte de quien tendría que protegerlas. Los mecanismos que pueden servir para proteger a otras mujeres de la violencia pueden no ser útiles para ellas que, a lo mejor en algunos casos, no quieren aplicar a sus propios padres órdenes de alejamiento o herramientas policiales o penales. 

En el caso de las cuidadoras migrantes se mezclan muchos factores que pueden dar origen a situaciones de violencia. Las cuidadoras migrantes están más expuestas a la violencia sexual que las cuidadoras españolas al asumir los empleadores/abusadores que son mujeres que están solas, que no tienen marido cerca. También pueden sufrir más violencia de clase y de origen al utilizar los empleadores como chantaje su posible situación irregular. El conceto de interseccionalidad nos permite trabajar al mismo tiempo con esos tres factores para comprender la violencia específica que sufren las mujeres en esa situación, mientras que si entendemos el trabajo de cuidados como una cuestión sólo de sexo y de clase sin tener en cuenta el origen quizá no seamos conscientes del alto grado de violencia sexual que enfrentan estas mujeres.

Las mujeres con discapacidad son víctimas de abusos sexuales en mayor medida que las mujeres sin discapacidad, pero no siempre disponen de las herramientas para denunciar y muy a menudo sus testimonios no son tenidos en cuenta porque son infantilizadas e invisibilizadas. Los hombres con discapacidad, en cambio, no suelen encontrarse en esa situación ni son infantilizados en la misma medida debido a que en la sociedad patriarcal, donde las mujeres son juzgadas en base a su posible conversión en objeto sexual, a ellos no les aplica. Esto quiere decir que la discapacidad no opera de la misma manera en hombres que en mujeres, aunque en ambos casos sea un factor de discriminación. Aplicar protocolos que combaten la discapacidad, como si fuera lo mismo para hombres que para mujeres, no nos dejara ver de qué manera las mujeres con discapacidad se convierten muy fácilmente en víctimas de violencia sexual. 

En definitiva, la interseccionalidad es una manera de comprender la realidad que es imprescindible para avanzar hacia una sociedad más justa para las mujeres. 

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