La Carta de Derechos Digitales aglutina el conjunto de derechos fundamentales de los ciudadanos que se aplican en el contexto digital, aunando en un único documento los derechos ya reconocidos en leyes. Su propósito es sistematizar y divulgar los derechos fundamentales de la ciudadanía en el entorno digital

Momento de la presentación del proyecto Carta de Derechos Digitales en el que han participado la Fundación 1º de Mayo, la Universidad de Castilla-La Mancha y Red.es
Por Alicia Martínez Poza, Luis de la Fuente Sanz, Juan José González Zamora y Jesús Cruces Aguilera, técnicos de la Fundación 1º de Mayo
En los últimos años, hemos visto cómo las herramientas digitales han permeado en cada rincón de nuestra actividad laboral. Sin embargo, este avance no siempre ha ido acompañado de una mejora de las condiciones de trabajo de las personas trabajadoras. Al contrario, la hiperconectividad, el control algorítmico y la difuminación de las fronteras entre lo personal y lo profesional han impactado en la salud de las personas trabajadoras. Entre las diversas regulaciones que abordan el reto de la transformación digital, en España contamos con un marco de referencia novedoso en toda Europa: la Carta de Derechos Digitales.
En este marco, se ha realizado un proyecto centrado en la implementación de los derechos digitales en el entorno laboral y empresarial, contenidos en la Carta de Derechos Digitales. Durante 2024 y 2025, la labor de la Fundación 1º de Mayo se centró en identificar retos y oportunidades reales, partiendo de la escucha de las experiencias de delegadas y delegados sindicales para recoger sus demandas y propuestas. Fruto de ello, han resultado tres guías, que fueron presentadas en una jornada de difusión final, en la que se conectó la academia con la realidad laboral. El proyecto se realizó mediante un convenio de colaboración con Red.es y la Universidad de Castilla La Mancha. Todos los resultados del proyecto pueden ser consultados en este enlace.
La Carta de Derechos Digitales: una herramienta necesaria
La Carta de Derechos Digitales, aunque no es una ley en sí misma, funciona como un compendio de derechos ya reconocidos en diversas leyes que abordan la transformación digital, entendiendo que los derechos laborales en el mundo analógico deben aplicarse con igual fuerza en el entorno digital. Su valor reside en recordarnos que la digitalización es un campo en disputa que impacta de lleno en las relaciones de poder dentro de la empresa.
Esta disputa se manifiesta, hoy en día, en la gestión algorítmica del trabajo, un fenómeno disruptivo que ha trasladado la vigilancia constante de las plataformas digitales a la empresa tradicional, planteando -como advierte Anna Ginès- la necesidad de una regulación específica que garantice la transparencia y la participación de los trabajadores frente a la opacidad y los riesgos de discriminación de estos sistemas.
En un escenario actual, la Carta de Derechos Digitales dota a la representación de las personas trabajadoras de un marco de referencia para intervenir. La innovación tecnológica no puede ser una ‘zona libre’ de derechos, sino que debe estar subordinada al cumplimiento de los derechos laborales de quienes trabajan independientemente del entorno laboral del puesto de trabajo. La Carta de Derechos Laborales puede ser una herramienta muy útil que sustente la actuación de la representación de las personas trabajadoras.
La Carta de Derechos Digitales agrupa 27 derechos de diverso tipo. Entre todos ellos, merece la pena destacar los siguientes:
- Derechos de libertad e identidad, que incluyen la protección contra la manipulación, el derecho al pseudonimato y el control sobre nuestros propios datos;
- Derechos de igualdad, para evitar que los algoritmos perpetúen brechas de género, edad o condición social.
- Derechos en el entorno laboral, entre los que destacan el derecho a la desconexión digital, la privacidad frente a dispositivos de videovigilancia y la transparencia algorítmica.
- Derechos de participación y de conformación del espacio público, donde se encuentran la libertad de expresión, la libertad de información, el derecho a recibir información veraz o el derecho a la educación digital, entre otros derechos.
- Derechos en entornos específicos, entre los que sobresalen el derecho a la protección de la salud, derechos en el uso de neurotecnologías o derechos ante la inteligencia artificial, entre otros.
Identificar los riesgos y las demandas de las personas trabajadoras
La digitalización está impactando de forma notable en las condiciones de trabajo de las personas trabajadoras. El uso continuado de tecnologías digitales ha supuesto un aumento de nuevos riesgos laborales, así como la proliferación de los ya existentes. Destacan entre ellos el aumento de los riesgos psicosociales, los cuales no siempre son visibles a primera vista. La Encuesta europea de empresas sobre riesgos nuevos y emergentes (ESENER) muestra que el uso de herramientas digitales está vinculado a diversos factores de riesgo, como por ejemplo, a un incremento en la carga e intensidad del trabajo (31,6% de las empresas registra un aumento de dicha intensidad y un 31,7% sufre sobrecarga de información), la difusión de la vida laboral y familiar (18%), la pérdida del control sobre los procesos y ritmos de trabajo (11,9%), la recopilación de datos de las personas trabajadoras (31,7%), la inseguridad ante la falta de habilidades digitales (27,8%) o el temor a perder el empleo (11,4%), entre otros (ESENER, 2024; microdatos).
Esta situación coincide con las experiencias concretas vividas en los centros de trabajo. El estudio cualitativo sobre los usos y riesgos de la tecnología en el trabajo -basado en varios talleres participativos con delegados y delegadas sindicales de varios sectores de actividad- permite identificar que los riesgos derivados del uso de las tecnologías digitales en los procesos de trabajo están relacionados con:
- Intensificación del trabajo: el uso de plataformas digitales suele conllevar un aumento de las cargas de gestión y comunicación, así como del número de tareas a desarrollar.
- Vigilancia y control: la sensación de estar permanentemente monitorizados por sistemas de inteligencia artificial o analítica de datos genera estrés y ansiedad.
- Pérdida de autonomía: cuando el algoritmo decide el ritmo y la organización de las tareas, la persona trabajadora pierde el control sobre su propio proceso productivo.
Por eso, identificar los riesgos por parte de las personas trabajadoras y sus representantes es crucial frente a la invisibilidad de los nuevos riesgos. A través de indicios, es necesario ser capaz de traducir el impacto que está teniendo, por ejemplo el control algorítmico o la imposibilidad de desconectar digitalmente del trabajo. Solo poniendo nombre a estos riesgos desde la realidad, se podrá exigir el cumplimiento de los derechos digitales en el centro de trabajo. En esta línea, las experiencias de las y los representantes de las personas trabajadoras en sus centros de trabajo permiten identificar varios retos y demandas de cara al futuro.


