Un verano de lucha contra los riesgos laborales por calor

Las altas temperaturas registradas durante el último periodo estival han tenido un trágico balance, pero también se han dado progresos en la aplicación de la normativa de riesgos laborales

LAURA VILLADIEGO

Centro de Madrid. Junio de 2022. En plena ola de calor, una de las cafeterías de la popular Dunkin Donuts se queda sin aire acondicionado por problemas técnicos. Dentro del establecimiento se rozan los 40 grados. Los trabajadores se quejan y amenazan con interrumpir la actividad. Una escena que ya se había vivido en años anteriores en otras cafeterías de la cadena, pero este año se da una diferencia importante: el problema se solucionó en apenas dos días.

El verano de 2022 ha supuesto un cambio de mentalidad a la hora de percibir el calor como un riesgo laboral, asegura Óscar Bayona Plaza, técnico de la Secretaría de Salud Laboral y Sostenibilidad Medioambiental de CCOO. “Veníamos de una minusvaloración del riesgo por calor en la práctica sobre todo en exteriores”, explica el técnico. “Pero se ha creado un clima de opinión pública favorable. Ya se va asumiendo que va a ser algo recurrente”, asegura. 

Este clima se ha dado por dos factores, asegura Bayona. El primero son las temperaturas especialmente altas que se han registrado este año, con la primera ola de calor ya en el mes de junio. Así, el verano de 2022 ha sido el más caluroso desde que se iniciaron los registros en 1961, con una anomalía media de +2.2 ºC, según la Agencia Estatal de Metereología

El segundo fue la muerte a principios de julio por un golpe de calor de José Antonio, un trabajador de una subcontrata que daba servicio al sistema de limpieza vial del Ayuntamiento de Madrid. Pero no ha sido el único: repartidores, personal de limpieza, obreros en el sector de la construcción e incluso un trabajador de las labores de desmantelamiento de la central térmica de Andorra han fallecido este verano como consecuencia del calor. 

El caso de la cafetería de Dunkin Donuts es paradigmático. “El año pasado se rompió también el aire acondicionado en otra tienda y pusimos una denuncia ante inspección de trabajo”, explica Pablo Santiago, secretario de Salud Laboral y Medio Ambiente de CCOO de Industria de Madrid. “Cuando fueron en el mes de octubre, seguía sin arreglar, pero el estrés térmico ya había terminado”. Este año, se valieron del artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales para amenazar con paralizar el establecimiento. Según ese artículo, el trabajador tendrá derecho a “interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o su salud”.

Durante los últimos meses se han dado otros avances. En la planta textil de Jevaso en Zaragoza, se llegó a un acuerdo para incrementar la frecuencia de los descansos y reforzar los accesos a agua. El ayuntamiento de Madrid eliminó el turno de tarde del personal de limpieza en los días de mayores temperaturas. En Correos se adoptaron también medidas preventivas para evitar las mayores exposiciones al calor de sus repartidores. 

Y, sin embargo, las reticencias en las empresas son aún la norma. “El primer paso era que se generara ese clima de opinión pública, pero trasladarlo a las empresas cuesta. Y muchas veces se tiene que hacer a golpe de denuncia”, asegura Bayona. Un ejemplo claro fue el de la patronal de la construcción de la provincia de Málaga, que se negó a adelantar la aplicación de la jornada intensiva en el sector a pesar de las olas de calor que se estaban dando. El resultado fueron 19 empresas denunciadas por no tomar medidas para evitar la exposición a temperaturas extremas de sus trabajadores. 

Un riesgo laboral conocido

Aunque el incremento de las temperaturas medias ha agravado las consecuencias del calor sobre los trabajadores, este es un riesgo laboral bien conocido. Así, el informe Los episodios de altas temperaturas como riesgo laboral, recientemente presentado por ISTAS-Fundación 1º de Mayo, asegura que ya hay una amplia y contundente literatura científica que señala que el calor puede provocar patologías a medio y largo plazo (vasculares, respiratorias, renales, etc.) y empeorar patologías preexistentes. Los estudios científicos muestran además que el calor afecta a la salud reproductiva y aumenta la peligrosidad de los tóxicos, incrementando el impacto de la contaminación sobre el organismo, entre otros impactos negativos. 

Y sin embargo, el informe apunta a que el calor apenas es reconocido como un riesgo laboral y que ni gobiernos ni empresas están haciendo lo suficiente para planificar las acciones que minimicen sus impactos. “A pesar de que la normativa de prevención de riesgos laborales obliga a identificar todo riesgo laboral, incluso los que se deban a factores ambientales o se vean agravado por estos, en la práctica pocas empresas se están preparando para estos episodios, aunque son ya corrientes”, explicó Claudia Narocki, investigadora del Instituto Sindical de Trabajo, Ambiente y Salud (ISTAS), perteneciente a la Fundación 1º de Mayo, y autora del informe, en la presentación del mismo.

Bayona también incide en que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) obliga a los empresarios a “garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo”, lo que incluiría el calor. “Con la legislación actual, las empresas tienen una serie de obligaciones que deben cumplir para garantizar la protección de los trabajadores que están expuestos a esas condiciones”, asegura.

Esos riesgos están más controlados en interiores, puesto que existe una normativa específica, el Real Decreto 486/1997, que establece una temperatura máxima, en sitios cerrados, de 27ºC para trabajos “sedentarios propios de oficinas o similares”, y un máximo de 25ºC para los llamados trabajos “ligeros”. No obstante, “el grado de incumplimiento es grande, sobre todo en hostelería, las cocinas de restaurantes han sido siempre un horno”, explica Bayona. 

En exteriores, hay menos control porque la ley no establece límites claros de a partir de qué temperaturas o en qué situaciones deberían tomarse medidas de prevención.  “La legislación tiene que establecer cómo organizar esos trabajos para minimizar la exposición”, asegura Bayona. Pero insiste en que eso no exime a las empresas de tomar medidas. “Aunque sería conveniente desarrollarlo mejor, eso no quiere decir que ahora mismo la legislación española no proteja frente a las exposiciones a altas temperaturas en los trabajos en el exterior”, concluye el técnico.

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