El Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social acaba de hacer publicar la “Guía básica y general de vigilancia de la salud para la prevención de riesgos laborales”. Se trata de un documento al que se comprometió el gobierno con el Real Decreto 843/2011. Ha sido elaborada en el seno de la Ponencia de Salud Laboral de la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, y ha superado el trámite de información a la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, contado con las aportaciones de las sociedades científicas de la medicina y la enfermería del trabajo (SEMST, AEEMT, ANMTAS, SESLAP, FEDEET, AET) y de los agentes sociales más representativos (CCOO y UGT)
Esta Guía incluye los criterios de buena práctica profesional de calidad de la actividad sanitaria en materia de prevención de riesgos laborales, y su propósito es mejorar el impacto y los condicionantes que el trabajo tiene sobre la salud de las personas trabajadoras, identificando lo más precozmente posible los efectos adversos, para evitar la progresión hacia un daño para la salud más importante.
En los puntos de más conflicto con los representantes sindicales, los contenidos son razonables. Por ejemplo, se aborda la "aptitud" ligando la misma a los reconocimientos médicos de carácter obligatorio y orientando en todo caso un no apto, sin solución de continuidad en la empresa, a una incapacidad transitoria (IT) o a una incapacidad permanente (IP). Se ha incluido con amplitud la vigilancia de la salud colectiva y contiene un apartado para los diagnósticos de sospecha de enfermedad profesional que detecten los profesionales que hacen la vigilancia de la salud. Se trata de un documento que actuará como referencia en ausencia de legislación específica al respecto. Con este documento se puede empezar a trabajar estrategias para la aplicación de la vigilancia de la salud en las empresas.