Gobierno de españa - ministerio de trabajo migraciones y seguridad socail

Los Presupuestos Generales del Estado introduce incentivos para la prevención en el puesto de trabajo

Mar, 15/01/2008 - 12:19
PEX
Noticias

Una de estas medidas es la reducción en la cotización a la Seguridad Social en los supuestos de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, así como en los supuestos de enfermedad profesional. Así, en los casos en que, por razón de riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, la trabajadora, en virtud de lo previsto en el artículo 26 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, sea destinada a un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado, se aplicará, con respecto a las cuotas devengadas durante el período de permanencia en el nuevo puesto de trabajo o función, una reducción, a cargo del Presupuesto de la Seguridad Social, del 50 por ciento de la aportación empresarial en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes. Esta misma reducción será aplicable, en los términos y condiciones que reglamentariamente se determinen, en aquellos casos en que, por razón de enfermedad profesional, se produzca un cambio de puesto de trabajo en la misma empresa o el desempeño, en otra distinta, de un puesto de trabajo compatible con el estado del trabajador. Además introduce otras modificaciones, como limitar el sueldo de los altos directivos de las mutuas, y bonificaciones del 15 por ciento en la cuota de accidente de trabajo para aquellas empresas que tengan buenos resultados preventivos.

Criterios para la negociación colectiva en Seguridad y Salud en el Trabajo. La prórroga para el año 2008 del Acuerdo Interconfederal para la Negociación Colectiva 2007 fija criterios y orientaciones para la negociación colectiva de acuerdo con la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo. En particular, se cita el Objetivo 3, "Fortalecer el papel de los interlocutores sociales y la implicación de los empresarios y de los trabajadores en la mejora de la seguridad y salud en el trabajo." Se continúa impulsando los órganos paritarios sectoriales para promover las actuaciones preventivas, divulgar e informar sobre los riesgos laborales y los derechos y obligaciones de empresarios y trabajadores, especialmente en PYMES. Se acuerda igualmente promover la participación efectiva de los comités de seguridad y salud y de los delegados de prevención en la negociación colectiva en todas aquellas cuestiones relacionadas con la modalidad organizativa de la prevención. También se acuerdan medidas para la mejora del funcionamiento de los Servicios de Prevención.

La Comisión Europea trata de retrasar la Directiva sobre campos electromagnéticos. El 26 de octubre, la Comisión Europea pidió al Consejo posponer por cuatro años el plazo establecido para que los Estados miembros transpongan la Directiva 2004/40/CE de campos electromagnéticos. La Directiva fue adoptada en 2004 y debería ser traspuesta y entrar en vigor antes de abril de 2008. El objetivo de esta Directiva es proteger a los trabajadores contra los efectos nocivos a corto plazo de la exposición a campos electromagnéticos estáticos y los campos eléctricos, magnéticos y electromagnéticos variables en el tiempo, de frecuencias de hasta 300 GHz. La Comisión alega que el retraso es necesario porque la entrada en vigor de la Directiva interferiría con la utilización de tecnologías como la resonancia magnética en el sector hospitalario en particular. Éste es un paso sin precedentes por parte de la Comisión, pues nunca antes se había pospuesto la entrada en vigor de una Directiva de Salud y la Seguridad en el trabajo. El punto de vista sindical es que el aplazamiento de la Directiva, que se aplica mucho más allá del sector de la asistencia sanitaria, dejará a millones de trabajadores innecesariamente expuestos a altas dosis de radiación electromagnética y causará retrasos indefendibles en la adopción de medidas preventivas, así como la formación y la información para los trabajadores afectados.

Descienden las actividades de la Inspección de Trabajo en 2006. La comparación de las cifras de actividad de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) en seguridad y salud laboral por comunidad autónoma de los años 2006 y 2005 (los últimos datos anuales disponibles) señala que esta actividad descendió en algunas CCAA. Los datos aportados por la ITSS indican que se redujo el número de actuaciones, de infracciones y de trabajadores afectados en Aragón, Madrid (en ambas CCAA, por segundo año consecutivo) Baleares, Canarias, Murcia y Navarra. También cae el número de actuaciones en Extremadura y Castilla-León. Asimismo, se observan diferencias notables entre las cifras de actuaciones en las diversas comunidades autónomas, más allá de lo justificable por su tamaño o la diversidad de su estructura productiva. Desde los sindicatos se viene reclamando, reiteradamente, un aumento del número de Inspectores y Subinspectores de Trabajo, al menos hasta conseguir la convergencia con Europa.