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La negociación colectiva es clave en la protección frente a las olas de calor

El proyecto Adaptheat investiga el papel de la representación sindical en la protección frente a las altas temperaturas, que afectan a un 36% de la población trabajadora en España y a un 23% en Europa
Jue, 24/08/2023 - 09:59
Sergio Salas
Condiciones de trabajo

Calor y condiciones laborales

Un rider trabaja con altas temperaturas en Valencia./ Tania Castro

Las olas de calor se están convirtiendo en un problema de salud pública acuciante, incluso en los países ricos. Los datos más recientes cifran el exceso de muertes atribuibles al exceso de calor durante el pasado verano en España en unas 11.324 aproximadamente, 61.672 en toda Europa. El cambio climático hace que las olas de calor se adelanten cada vez más y que sean más frecuentes. Lamentablemente, no hay visos de que la situación vaya a mejorar en el futuro sino todo lo contrario. Un ejemplo: cada vez es más probable que sobrepasemos el horizonte de +1,5ºC establecido en los acuerdos internacionales antes de que acabe la década.

Hoy en día, un buen número de trabajadores y trabajadoras se encuentran expuestos al estrés térmico en todo el mundo. Muchos de ellos realizan trabajos a la intemperie o en locales que no están acondicionados. Concretamente en España, y según datos de la Encuesta Europea de Condiciones de Trabajo de 2015, el porcentaje de trabajadores expuestos a altas temperaturas es del 36%, frente al 23% de la media de los países de la UE-28 4.

Este verano la prensa ha informado de al menos cinco muertes por golpe de calor. En los últimos años se han producido muertes similares que han aumentado la conciencia social respecto al problema y los hechos han saltado de la prensa local a la prensa nacional. Por ejemplo, un trabajador del Ayuntamiento de Madrid que murió mientras trabajaba limpiando las calles del barrio de Vallecas en su primer día de trabajo, o el caso del trabajador de Sevilla que falleció en el transcurso de su jornada laboral asfaltando una carretera a más de 40ºC de temperatura ambiental.

Altas temperaturas y trabajo en España

Figura 1. Comparativa de los principales parámetros de salud ocupacional físicos (vibración, ruido y temperatura) entre España y UE-28. Fuente: EU-OSHA 4.

Los golpes de calor no son la única afección que produce la exposición al exceso de calor, que provoca otras enfermedades: agravamiento de patologías respiratorias, renales, cardiovasculares, partos prematuros y menor peso al nacer, alteración del estado mental, cuadros sistémicos asociados con un proceso de termorregulación alterado (fiebre, escalofríos, náuseas), etc. Actualmente existe un subregistro estadístico de todos estos problemas, incluso de los más graves.

En muchas ocasiones los trabajos informales y mal pagados son también trabajos a la intemperie realizados por colectivos vulnerables (véase trabajadoras del campo sin contrato o repartidores de plataforma) lo cual contribuye decisivamente al aumento de las desigualdades en salud entre la población.

Recientemente se aprobó en España un Real Decreto-Ley (4/2023). Esta nueva norma se centra en los trabajos al aire libre, los más expuestos y donde el calor causa estragos más graves. Esta modificación mejora la normativa anterior que dejaba al descubierto situaciones de elevado estrés térmico (obras, campos de cultivo, medios de transporte, etc.).

Sin embargo, la nueva norma no reconoce expresamente que el estrés térmico depende no solo de la temperatura ambiental sino también de la humedad, la radiación solar, la ropa o el esfuerzo físico de cada tarea. Tampoco menciona la necesidad de evitar trabajar en sobrecarga térmica (calentamiento del cuerpo frente al estrés térmico) ni especifica las medidas para evitarla (sombras, descansos, agua, etc.) sino que, de manera abstracta, se limita a prohibir determinadas actividades cuando la debida protección no pueda garantizarse y concurran fenómenos meteorológicos adversos como las olas de calor. La norma tampoco recoge la obligatoriedad de contar con un plan de acción frente al calor, que cubra todas las situaciones, no solo las olas de calor. Tampoco impone la obligatoriedad de hacer un seguimiento del estrés térmico en el lugar de trabajo y se centra excesivamente en las alertas meteorológicas. En la práctica, todo esto supone una renuncia a una gestión de riesgos participativa que convierta a los trabajadores en sujetos de su propio malestar. En definitiva, la normativa no tiene en cuenta el marco de la higiene industrial y la gestión preventiva refrendadas científica y técnicamente.

Aquí, sobre todo, queremos llamar la atención sobre el hecho de que no se habían impulsado cambios legales importantes en materia de salud y seguridad laboral contra el calor desde hacía 26 años, cuando en ese tiempo se han dado los mayores incrementos de temperaturas registrados y se han acelerado los fenómenos meteorológicos extremos. Cuando finalmente se ha hecho ha sido de manera unilateral y sin contar con la opinión de los sindicatos, que durante años se han acercado a los órganos de participación de la administración para afrontar el problema del calor pero no han sido escuchados.

EL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN ADAPHEAT

La participación, la negociación colectiva y el diálogo social son esenciales lograr una protección eficaz de la salud de los trabajadores. El proyecto europeo de investigación AdaptHeat, liderado por F1M-ISTAS, quiere identificar prácticas de negociación colectiva e iniciativas de éxito para proteger la seguridad y la salud de las personas trabajadoras contra las altas temperaturas en Europa.

Con cinco países participando en el estudio (España, Italia, Grecia, Holanda y Hungría), el informe final dará cuenta de las limitaciones de la normativa a nivel europeo en materia de prevención de riesgos laborales relacionados con el calor. Se realizará también una revisión crítica de la ley vigente en los cinco países en materia de prevención contra el calor y los estudios de caso permitirán determinar la situación de cada país en cuanto al nivel real de protección existente, los obstáculos para avanzar y el papel que juega el dialogo social y los sindicatos en cada uno. Se identificarán al menos dos casos de éxito en cada país en los que la negociación entre empresa (o asociación empresarial) y trabajadores que haya resultado en planes, acuerdos, convenios, protocolos, etc. que protejan eficazmente la salud de las personas trabajadoras.

La fecha de finalización de este proyecto está prevista para el verano que viene. Sin embargo, ya podemos adelantar algunas conclusiones basándonos en la información recopilada sobre el caso español:

- La existencia de planes de acción es esencial para asegurar la salud de los/as trabajadores/as. La mayoría de los protocolos y planes de acción a nivel de empresa revisados tienen un amplio margen de mejora. Aunque no dejan de ser un paso adelante en la buena dirección, conviene seguir mejorándolos, basándonos en el conocimiento técnico acumulado en la disciplina de la higiene industrial y el conocimiento que atesoran los propios trabajadores/as. Los planes de acción evitan la improvisación en momentos críticos eliminando la incertidumbre y con ella riesgos innecesarios para las personas trabajadoras, por eso es importante que los planes no dejen fuera aspectos esenciales recogidos en la literatura científica.

- La participación de las y los trabajadores debería jugar un papel más activo e influyente en el desarrollo de planes de acción contra el calor y en su revisión y actualización periódicas. Hemos observado que los mejores planes contra el calor se dan en empresas o sectores donde el diálogo es más fluido y tiene continuidad en el tiempo.

- La legislación debe ser lo suficientemente garantista como para que allí donde haya menor presencia sindical se asegure también el derecho a la seguridad frente al exceso de temperatura. Las leyes deben empoderar a los trabajadores y capacitarlos para ejercer su derecho a la protección frente al estrés térmico.

- La administración tiene un papel esencial a la hora de asegurar que las empresas cumplen con sus obligaciones para con la salud y el bienestar térmicos de las personas trabajadoras. En ese sentido es de celebrar la dirección positiva que ha tomado en los últimos dos años la Inspección de Trabajo, que ha incrementado drásticamente el número de actuaciones y de sanciones a este respecto, en muchos casos como consecuencia de las denuncias de sindicatos como CCOO. Hace falta complementar con otras acciones, como las visitas paritarias a las obras, reforzar la supervisión de los inspectores o facilitar la denuncia ciudadana. Sin embargo, hay que llamar la atención sobre el intolerable proceder de la justicia en casos de extrema gravedad relacionados con las muertes por calor.

En suma, la negociación impulsa la adaptación del trabajo al cambio climático y protege a los trabajadores contra los efectos de las altas temperaturas. Se requiere una adaptación de las organizaciones y los puestos de trabajo acorde con la realidad del cambio climático: el problema ya está aquí y han de minimizarse sus consecuencias. Acordar unos planes de actuación sólidos contra el calor entre trabajadores y empresas es el primer paso para asegurar la salud, la seguridad y el bienestar de las personas trabajadoras.