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“La situación del colectivo de bomberos en cuanto a prevención de riesgos laborales es tercermundista"

Entrevista con José María Monzón, portavoz de la coordinadora estatal de Bomberos de CCOO
Dom, 15/10/2017 - 12:19
BERTA CHULVI
Entrevista
La Coordinadora Estatal de Bomberos de CCOO hizo frente el pasado año a un intento de excluir al colectivo del ámbito de actuación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales protagonizado por la patronal, mayoritariamente conformada por entidades de la Administración pública y alguna asociación profesional. José María Monzón, que actúa como portavoz de dicha coordinadora, nos explica lo sucedido y describe la situación en materia de prevención de riesgos laborales.

¿Por qué ha intentado la patronal de parques de bomberos públicos (la ConBé) sacar al colectivo del ámbito de protección de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995?
La mayoría de las Administraciones públicas no está aplicando la Ley de Prevención de Riesgos Laborales al colectivo de bomberos a pesar de ser una ley publicada hace más de veinte años y a pesar de que desde 2006 se dispone de sentencias del Alto Tribunal Europeo que especifican que la Directiva de Prevención de Riesgos Laborales, de la que deriva esta ley, sí es, con carácter general, de aplicación al colectivo de bomberos tanto en el centro de trabajo como en sus intervenciones. En concreto, el Alto Tribunal Europeo ha manifestado en distintas sentencias que "la Directiva 89/391 debe aplicarse a las actividades de los bomberos, aun cuando estas se ejerzan por las fuerzas de intervención sobre el terreno, y poco importa que tengan por objeto combatir un incendio o prestar socorro de otra forma, dado que se realizan en condiciones habituales conforme a la misión encomendada al servicio de que se trata, y ello aun cuando las intervenciones derivadas de dichas actividades sean, por su propia naturaleza, imprevisibles y puedan exponer a los trabajadores que las realicen a algunos riesgos para su seguridad y/o su salud. Únicamente puede hacerse una excepción a tal interpretación, art. 2.2 Directiva 89/391, en situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofes naturales o tecnológicas, atentados, accidentes graves u otros eventos de la misma índole". No obstante, incluso en una situación excepcional de esta índole, el artículo 2.2 párrafo segundo de la Directiva 89/391 exige a las autoridades competentes que velen para que la seguridad y la salud de los trabajadores queden aseguradas "en la medida de lo posible". Está exclusión es solo, para que lo entendamos, un mínimo porcentaje de nuestras intervenciones, dado que son grandes calamidades como terremotos, grandes inundaciones, etc., que ponen en alto riesgo a un gran número de personas. El resto de intervenciones, las ordinarias y que realizamos cada día, está completamente integrado.

Si eso está claro, ¿cómo se explica la actitud de las Administraciones públicas, en general?
Lo que ocurre es que han empezado a tener miedo a las consecuencias penales de su no actuación en el campo de la prevención de riesgos laborales cuando hay un accidente grave o mortal. Una vez que se dan cuenta de que han de cumplir la ley, y que eso significa invertir recursos en proteger la vida y la salud de los bomberos y bomberas, inician, con la complicidad de algunas asociaciones profesionales, una estrategia para sacarnos de ese ámbito de protección afirmando que hay que hacer una ley específica. En CCOO nos plantamos frente a lo que supone una pérdida enorme de derechos en materia de seguridad y salud laboral con una campaña informativa en base a las redes sociales y a los grupos de whatsApp, conseguimos movilizar al colectivo a nivel nacional, llegando a todos los parques de bomberos públicos del Estado y paramos este atropello allá por el mes de diciembre de 2016.

¿Cuál es la situación actual en materia de prevención?
La situación del colectivo de bomberos en cuanto a prevención de riesgos laborales es tercermundista con carácter general. Las Administraciones entienden que gastar dinero en prevención de riesgos con el colectivo de bomberos no es posible. Muy pocas Administraciones tienen hecha la evaluación de riesgos completa. Se niega que existan riesgos por contacto con sustancias tóxicas que sabemos, y la evidencia científica está ahí, que son cancerígenas. Y por supuesto se obvian absolutamente los riesgos psicosociales derivados de la organización del trabajo. Se destinan esfuerzos a excluirnos de la ley, cuando se deberían destinar a su implantación.

¿Y respecto a los daños?
El problema es que no se investigan los accidentes con carácter general y no se determinan las causas de los mismos, por lo que tampoco se pueden adoptar medidas para reducirlos, a pesar de que la investigación es obligatoria y muchas veces ha sido requerida por la Inspección de Trabajo. Los requerimientos de la Inspección son papel mojado y la Administración, generalmente, trata lo sucedido como si fuera culpa del propio trabajador. Tenemos claro que hay una relación entre accidentes y falta de medidas preventivas, porque cuando empezamos a investigar aquellos accidentes que por su gravedad sí se nos permite acceder, por ejemplo, un compañero que cae de más de cinco metros de altura, comprobamos que no contaba ni con los equipos de protección individual adecuados ni con la formación requerida, la evaluación del puesto, establecimiento de procedimientos de actuación, creación del recurso preventivo, etc. O sea, carecemos de todo lo que significa una planificación de la actividad preventiva en su conjunto. La Coordinadora Estatal de CCOO en Bomberos desde hace dos años nos marcamos el objetivo de hacer cumplir la 31/95 y en esa tarea estamos de lleno.