En esta situación tan excepcional que estamos viviendo el mensaje del gobierno al decretar el Estado de Alarma y paralizar una buena parte de la economía fue claro: “la salud es lo primero”. Sin embargo, las empresas están castigando a los trabajadores y trabajadoras que, en los momentos iniciales del brote de contagios o cuando se empieza a producir la vuelta al trabajo, han tomado iniciativas, amparados por la ley, para proteger su salud. Con despidos de delegados sindicales y descuentos en la nómina de toda la plantilla, las empresas envían un mensaje claro para “disciplinar” a los trabajadores y trabajadoras: “no defiendas tus derechos porque te costará el sueldo o el empleo”. En este reportaje contamos algunos casos.

La historia más sangrante es la de un delegado sindical de CCOO en el Comité de Empresa del Grupo Eulen que ha sido despedido por reclamar los equipos de protección individual (EPIS) para sus compañeros y compañeras. Se trata de un especialista en limpieza que trabaja para EULEN en la empresa ALESTIS, una filial de Airbus, en Sevilla. Dicho delegado exigió tanto a EULEN como a ALESTIS, de manera reiterada, que cumpliera con su obligación de entregar EPIS a toda la plantilla. Se trata de trabajadores que durante el Estado de Alarma ha seguido en activo en calidad de servicios esenciales.
Esta petición de EPIS era fundamental no sólo para garantizar la salud de sus compañeros y compañeras de trabajo sino también la salud pública en la provincia de Sevilla. Nos lo explica bien, Mercedes Santoja, Secretaria General de CCOO-Construcción y Servicios en Sevilla: “EULEN tiene en Sevilla más de 500 trabajadores y trabajadoras que desarrollan su actividad en servicios de limpieza, seguridad privada y ayuda a domicilio. Es decir, personas que estaban entrando en los domicilios desde el 16 de marzo sin los EPIS adecuados, poniéndose ellas y los usuarios en peligro. Ante esta situación CCOO ha sido muy firme y reivindicativa: “no se podía prestar el servicio sin los EPIS básicos de mascarilla y guantes”.
Ante las exigencias del delegado de CCOO, la empresa responde una y otra vez que carece de dicho material, que está a la espera de recibirlo, u otras respuestas similares. Sin embargo, al delegado le llega la información de que la empresa ALESTIS disponía de gran cantidad de EPIS y que estos se hallaban guardados en un almacén propiedad de la firma. El delegado, tras corroborar dicha información, lo puso en conocimiento de la empresa y de la plantilla. ¿Cuál fue la respuesta de la empresa? Pues en lugar de entregar esos EPIS, la empresa abre un expediente al trabajador -como si estuviera desvelando secretos tecnológicos protegidos por una patente o algo parecido- y despide al trabajador por causa disciplinaria con efecto inmediato. El despido se lleva a cabo el 20 de mayo y ya ha sido recurrido por los servicios jurídicos de CCOO-Sevilla.
“Toda la organización sindical estaba volcada en la protección de la salud de los trabajadores y trabajadoras–explica Mercedes Santoja– pero EULEN ha cogido a este trabajador de 49 años como cabeza de turco para escarmentar a toda la plantilla. Saben que él está en una situación personal delicada y que toda su familia depende de su salario y han ido a por él. El trabajador está destrozado psicológicamente. Hemos denunciado a la empresa porque se trata de una conducta claramente antisindical y contraria a los derechos que nos reconoce la Constitución, pero ellos ya han conseguido lo que persiguen: amedrentar a las plantillas”.
Descuentos en la nómina
La declaración del Estado de Alarma a través del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo generó mucha confusión en aquellas empresas cuyas actividades no habían sido paralizadas por el gobierno. Con el miedo a contagiarse, el lunes 16 de marzo, muchas personas se incorporan al trabajo sabiendo que hay casos de COVID-19 en la plantilla y se encuentran con que ni tienen mascarillas ni se guarda la distancia de seguridad. Este es el caso en la planta que BSH tiene en Zaragoza y en la que John Deere tiene en Madrid. También el caso de VESTAS en Ciudad Real y de Navantia en Ferrol. En todas ellas, las plantillas o sus representantes legales decidieron paralizar la actividad hasta que se cumplieran con las medidas preventivas a las que le obligaba la ley de Prevención de Riesgos Laborales, el Decreto de Estado de Alarma y las propias instrucciones del Ministerio de Trabajo.
“Paralizar la actividad ante riesgo grave o inminente para la salud está previsto en la legislación laboral española –explica Ángel Muñoa, secretario de Salud Laboral en la Federación de CCOO-Industria–concretamente el artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales que establece que ante "riesgo grave e inminente para su vida o salud "el trabajador tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo. Un artículo que, por cierto, es mencionado expresamente en las instrucciones emitidas por el Ministerio de Trabajo para los servicios de prevención nada más decretarse el Estado de Alarma. Ese mismo artículo 21 establece que “los trabajadores o sus representantes no podrán sufrir perjuicio alguno derivado de la adopción de las medidas a que se refieren los apartados anteriores, a menos que hubieran obrado de mala fe o cometido negligencia grave”.
“Que se trataba de un riesgo grave es evidente -continua Ángel Muñoa-, la prueba es que a fecha de hoy, han fallecido más de 27.000 personas por COVID-19. Que se trataba de un riesgo inminente también es innegable: las autoridades sanitarias habían señalado que existe riesgo de contagio para las personas que están a una distancia de menos de dos metros un tiempo superior de 15 minutos. Esa situación y no otra es la que se encuentran los trabajadores y trabajadoras cuando deciden paralizar la actividad. Hay que ponerse en su lugar, son plantillas que saben que ha habido casos de COVID-19 entre ellos, que están trabajando a menos de dos metros, sin equipamientos de protección individual y durante más de 15 minutos. Ninguna de las plantillas que paralizaron la actividad actuaron con mala fe, como demuestra el hecho de que, tras dichas paralizaciones, las empresas modificaron sustancialmente las condiciones de trabajo”.
El caso de BSH en Zaragoza
Lo ocurrido en la planta de BSH en Montañana (Zaragoza) nos lo explica Javier Salesa, delegado de CCOO: “el domingo 15 de marzo el Comité remitió un escrito a la dirección de la empresa en el que exponía la necesidad de adoptar medidas preventivas y solicitaba que se aplicarán los días que fueran necesarios de flexibilidad a la baja -cuyas horas se recuperan- sin plazo de preaviso Así se podría preservar a los trabajadores de grupos vulnerables, aplicar las medidas necesarias en los puestos de trabajo y adaptar las instalaciones con el fin de eliminar el riesgo de contagio de COVID-19. El riesgo existía con claridad. De hecho, el lunes 16 de marzo el Comité de Empresa notificó por escrito a la dirección que dos trabajadores de la plantilla estaban de baja por coronavirus”.
Pocas horas después, la dirección de la planta comunicó al Comité y posteriormente a la plantilla por vía de su aplicación para móvil "miBSH", que se establecía el protocolo de "Estado de vigilancia activa" para toda la plantilla de Montañana. En ese protocolo, que consta de 17 puntos, cinco de ellos hacen referencia al mantenimiento de una distancia de al menos dos metros entre los trabajadores. Especial importancia tiene el punto referido al uso de mascarilla, ya que recoge que cuando no se lleve la mascarilla, se mantenga una distancia de al menos dos metros con el resto de personas en el puesto de trabajo. Tras recibir ese mensaje, el martes 17, la plantilla se da cuenta que la empresa no ha actuado sobre los puestos de trabajo en los que las personas se encontraban a menos de dos metros de distancia, ni tampoco suministra mascarillas a los trabajadores. Ante esta situación, acogiéndose al derecho a paralizar la actividad por riesgo inminente para su salud, la plantilla interrumpió la actividad en los turnos de mañana, tarde y noche”.
La prueba de que las cosas no estaban bien es que, al reanudar la actividad, la empresa cambió totalmente su política y estableció medidas de seguridad que permitían guardar la distancia. Responsables de la planta, acompañados de la representación legal de los trabajadores, recorrieron todos y cada uno de los puestos donde los trabajadores les explicaron en qué punto no se podían mantener las distancias o cuando se cogían objetos que habían sido tocado por otros compañeros: “Lo bueno de ese recorrido es que todo el mundo pudo indicar razones muy claras para el riesgo de contagio y los responsables de la planta se dieron cuenta – explica Javier Salesa- que la plantilla tenía motivos fundados para parar la actividad”. De hecho, los días 18, 19 y 20 de marzo, la dirección aplicó la flexibilidad a la baja sin preaviso para la práctica totalidad de la plantilla afecta a producción y puso en marcha medidas técnicas (modificaciones en los puestos de trabajo), organizativas (modificación de métodos de trabajo), higiénicas (desinfección de la fábrica por empresa especializada) y sanitarias (establecimiento de protocolos de toma de temperatura) que daban la razón a los trabajadores. El 20 de marzo el Comité de Empresa, firmó un acuerdo con la dirección y el 23 de marzo acudió a trabajar un tercio de la plantilla. Una situación que se mantuvo hasta el 29 de marzo, fecha en la que la empresa decidió cerrar durante tres semanas, en aplicación de días de exceso de calendario, vacaciones y flexibilidad a la baja.
Todo apunta pues a que los trabajadores actuaron adecuadamente aquel 17 de marzo cuando decidieron interrumpir la actividad, sin embargo, la empresa decidió “castigar” a la plantilla con la deducción de un día de salario en la nómina aplicando el concepto de “ausencia no retribuida” que supone para los trabajadores y trabajadoras una perdida entre 75 y 100 euros aproximadamente. Para evitar que el personal fuera sancionado, el mismo martes, el Comité de Empresa remitió a la Dirección un documento explicando la situación vivida y solicitando que ese día fuera considerado una jornada de flexibilidad a la baja, es decir, que pudiera ser recuperado por los trabajadores y no hubiera repercusión económica, sin embargo, la Dirección ignoró esta petición.
“Es cierto – explica Ana Sánchez, Secretaria General de CCOO-Industria en Aragón- que ni empresas ni trabajadores y trabajadoras éramos conscientes los primeros días de la magnitud del problema que hemos vivido durante este periodo, pero también es cierto que hay una máxima para una organización sindical como CCOO y esta es “salud frente a economía”. Por esta razón, bajo nuestro punto de vista, la empresa debiera haber asumido una parada de la producción de forma temporal que permitiera poner en marcha las medidas de salud y seguridad frente al COVID-19 para reanudar la actividad en condiciones que garantizaran la salud. Esta falta de determinación de la empresa fue la que provocó que los trabajadores y trabajadores tomaran esa decisión por ellos”.
Sánchez considera inadmisible que ante esa situación la empresa descuente ese día en la nómina desoyendo la propuesta del Comité de Empresa, que planteaba que esas horas se recuperaran. Una propuesta que – en palabras de la dirigente sindical- preservaba el derecho de los trabajadores y trabajadoras a la paralización y la “dignidad empresarial”: “Para nuestro asombro la empresa no quiere entrar en ningún tipo de solución intermedia y procede en su momento al descuento salarial a los trabajadores y trabajadoras. CCOO ha reclamado ese descuento ante la Inspección de Trabajo junto al resto del Comité” concluye Sánchez.
Luis Clarimón, secretario de Salud Laboral de CCOO-Aragón, también muestra su apoyo a los trabajadores y trabajadoras de BSH: “¿Si una pandemia causada por un virus que se transmite de persona a persona por el aparato respiratorio y que da lugar a la declaración de Estado de Alarma no es un riesgo grave, entonces qué lo es? Sancionar a trabajadores por hacer uso de este derecho, por defender su salud y su vida es una vez más mostrar con la represión quien detenta el poder, situar el beneficio por encima de cualquier otra consideración. Si la aplicación de la ley por parte de autoridades laborales y tribunales no protege a los trabajadores será una muestra más de la parcialidad de eso que denominan justicia".
Conflicto en Jhon Deere
En la planta que John Deere tiene en Madrid, la situación que se ha producido es similar a la ocurrida en BSH aunque en este caso actuaron los delegados de prevención y no la plantilla. Nos lo explica Davinia Almendros, delegada de prevención de CCOO en John Deere: “las medidas propuestas por la empresa para la contención del posible contagio por COVID-19 fueron consideradas insuficientes por la representación legal de los trabajadores. Se habían detectado dos casos y volvimos a trabajar sin que se hubiera hecho la adecuada desinfección de la empresa, con operarios a menos de dos metros y sin EPIS. Ante este hecho, la mayoría de los delegados de prevención del centro de trabajo (3 de 5) ante la imposibilidad de que se reuniera el Comité de Empresa con la urgencia requerida adoptaron la paralización de la actividad en aplicación del artículo 21 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos laborales. Se procedió de inmediato a comunicárselo a la empresa y a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social”.
A las 12 horas de iniciada la paralización se reanudó la actividad con los nuevos criterios de prevención, la empresa decidió una presencia mínima de plantilla y medidas de seguridad y protección para los que estaban trabajando. Es esta actuación de la empresa la que demuestra que los delegados de prevención tenían razón. Sin embargo, John Deere ha decidido descontar a un determinado número de trabajadores, con carácter discriminatorio, el salario correspondiente a un día que viene a suponer unos 86 euros para cada trabajador”. CCOO está negociando con la empresa una salida al conflicto, pero está dispuesta a acudir a los tribunales si John Deere no rectifica esta actitud.
Hubo paralizaciones en muchas empresas. Por ejemplo, en VESTAS (Ciudad Real) se paralizó la producción, pero la empresa no ha aplicado estos descuentos que en opinión de la Federación de CCOO-Industria son una sanción encubierta que es ilegal: “Lo grave de todo esto -explica Ángel Muñoa- es que en todo el proceso de gestión en el ámbito laboral de COVID-19, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se ha declarado incompetente en esta materia y se ha limitado a requerir a las empresas el cumplimiento de las obligaciones sanitarias determinadas por el Ministerio de Sanidad y a remitir a la Inspección de Salud Pública lo que en nuestra opinión es un grave fracaso de este organismo que se ha demostrado ineficaz ante una pandemia”.